Derechos educación

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★ Primera guía en español y América Latina sobre derechos educativos y TSNA

Derechos en educación

Todo lo que estudiantes, familias y equipos educativos necesitan saber sobre ajustes razonables, normativa vigente en Chile y cómo acceder a los apoyos que corresponden por ley.

Para estudiantes con TSNA Para familias y apoderados Para docentes y equipos educativos
Resumen normativo

¿Qué normativa aplica a los estudiantes con TSNA?

Tres vías de acceso a los ajustes razonables en Chile. La guía descargable desarrolla cada una en detalle con ejemplos, paso a paso y preguntas frecuentes.

Los Trastornos del Sistema Nervioso Autónomo (TSNA) son diagnósticos clínicos reconocidos por la Clasificación Internacional de Enfermedades en su 11.ª revisión (CIE-11) de la OMS. Al ser diagnósticos reconocidos, pueden ser evaluados para la obtención de la Credencial de Discapacidad a través de la COMPIN, lo que permite la exigibilidad de los derechos de inclusión educativa establecidos en la normativa chilena e internacional.

Sin embargo, la Credencial de Discapacidad no es un requisito para acceder a los ajustes razonables en educación. Basta con presentar documentación médica vigente que acredite la condición y describa su impacto en el aprendizaje.

Cuadro resumen ¿Qué normativa aplica a los estudiantes con TSNA?
Decreto N.º 170 · Programa de Integración Escolar (PIE)
TSNA como única condición: no aplica el Decreto 170 ni da acceso directo al PIE
Lista cerrada de diagnósticos elegibles para la subvención estatal. Los TSNA no figuran en este listado
Estudiante con TSNA + Déficit Atencional (TDAH), TEA u otro del listado: sí ingresa al PIE por ese diagnóstico
El TSNA queda documentado como condición de salud que agrava el impacto en el aprendizaje
Decreto N.º 83 · Adecuaciones Curriculares
TSNA como única condición: sí aplica el Decreto 83
Opera por impacto funcional en el aprendizaje, sin listado cerrado de diagnósticos
El médico documenta cómo la condición afecta el aprendizaje
Aplica con o sin PIE, en enseñanza básica y media
No aplica en educación superior — en ese nivel la vía es la Ley 20.422 y las políticas institucionales
Ley N.º 20.422 · Igualdad e Inclusión + Convención ONU
El establecimiento no puede exigir la Credencial de Discapacidad para otorgar ajustes razonables
Basta presentar documentación médica vigente que indique la necesidad de ajustes razonables
Aplica en todos los niveles educativos: básica, media y superior. Es la única vía que cubre educación superior
Negar ajustes con documentación vigente constituye discriminación. Reclamos:
Contenido de la guía

¿Qué encontrarás en la Guía de Derechos en Educación para personas con disautonomías?

Un documento completo, basado en normativa vigente y lenguaje accesible, pensado para estudiantes, familias y equipos educativos en Chile.

⚖️
Marco normativo

Normativa internacional (CDPD) y chilena vigente: Ley 20.422, Decreto 83 y Decreto 170 explicados en lenguaje accesible.

🏫
PIE, Decreto 170 y Decreto 83

Qué diagnósticos dan acceso al PIE, qué ocurre cuando el TSNA es la única condición, y cuándo aplica el Decreto 83 sin importar el PIE.

📝
Cómo solicitar ajustes

Guía paso a paso: a quién dirigirse, qué documentos presentar y qué debe contener el Plan de Apoyo Individual (PAI).

🎓
Educación superior

Proceso específico para universidades, CFT e IP: quién firma, Oficina de Inclusión, ausencias y condiciones especiales en la PAES.

Preguntas frecuentes

Respuestas claras para familias y estudiantes: diagnóstico en proceso, días buenos y malos, calificaciones, terapeuta ocupacional y educador diferencial.

🔗
Referencias verificadas

Todas las leyes con link directo a la Biblioteca del Congreso Nacional y organismos internacionales. 16 fuentes actualizadas a mayo 2026.

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